En esta presentación dinámica, podrán ver de una manera simple y estructurada la organización politica, social y jurídica de Roma en la etapa republicana.
En la vida cotidiana, sabemos que se suceden infinidad de relaciones jurídicas. Siguiendo las enseñanzas de Cossio, sabemos que frente a una relación jurídica las partes tienen dos opciones, u obedecen a la norma y eligen realizar la conducta deseada por el legislador (lícita); o bien haciendo uso de su intrínseca libertad, eligen incumplir lo dispuesto, realizar una conducta ilícita y afrontar las responsabilidades que de ello se puedan derivar. De este análisis observamos que, en principio, la mayor parte de la sociedad aplica el derecho de forma espontánea, es decir, eligiendo cumplir con lo que la norma establece. Excepcionalmente, cuando la norma es infringida y la conducta ilícita realizada, dicha situación genera, obviamente un conflicto entre las partes. Si éstas no son capaces de resolver satisfactoriamente el conflicto entre ellas, acudirán ante el juez que, como representante del poder del estado, actuará como un tercero imparcial que resolverá el conflicto basándo...
El capítulo de hoy es más que interesante. ¿Cómo adaptó Hitler el modelo fascista para convertir a Alemania en una sociedad totalitaria? ¿Cuáles son los componentes propios del nazismo? ¿Cómo pudo suceder algo así?. Este es un capítulo con muchos links y material adicional. Imperdible. ¡Que lo disfruten! ALEMANIA EN LA ERA DEL NAZISMO (1ª parte) CUADRO DE SITUACION Y MODELO BÁSICO El modelo alemán será una copia del fascismo italiano, que Hitler observó cuidadosamente desde la llegada al poder de Mussolini (1922), lo tomó y adaptó a las características del pueblo alemán. El modelo básico, en ambos países, presenta las mismas características: 1. Totalitarismo 2. Acción directa 3. Instituciones débiles que no pueden oponer resistencia y terminan desintegradas 4. Verdad única 5. Mano dura y ord...
La costumbre es la más antigua de las fuentes. Es la primera manifestación de la existencia de normas jurídicas que regulan la convivencia humana de la que hay registro. Y es también la más peculiar (al menos comparándola con las fuentes que hoy son privilegiadas en nuestro sistema) porque su creación no depende de un autor identificado o de un órgano del estado especialmente facultado para crear derecho; sino que surge del actuar espontáneo de una comunidad, que, repitiendo una forma de comportarse, durante un tiempo prolongado y con la absoluta convicción de que actuar de ese modo es obligatorio (porque es justo y útil para la convivencia) y que en caso de desobedecer, le cabe al infractor una sanción coactiva. Así comenzaron a crear el derecho las comunidades primitivas, y durante mucho tiempo, fue ésta la única forma de crear derecho, la única fuente vigente. De esta brevísima descripción podemos extraer los elementos que constituyen a la costumbre, y que son esenciales para que ...
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